La OCD abrió un espacio para seguir el trabajo de las Asambleas Legislativas Departamentales, con el objetivo de realizar monitorear la producción de leyes y las sesiones del pleno para ver si la gestión legislativa es participativa y transparente, y si refleja los intereses de los departamentos.
Para esto se enviaron notas a 7 de las 9 Asambleas Departamentales presentando la iniciativa y para coordinar la presencia de los monitores en las sesiones y su acceso a la información de las comisiones; sólo las Asambleas Departamentales de Chuquisaca y Santa Cruz mostraron interés por la presencia de los monitores en las sesiones del pleno y facilitarán la agenda legislativa a los monitores. Cochabamba, Potosí, Oruro y La Paz no dieron respuesta a la solicitud de la OCD y Tarija no recibió la nota porque desde mayo no tiene una directiva estable y no ha sesionado.
Esta situación evidenció la poca apertura de estos entes legislativos al control social, además de una informalidad en los procesos. Por otra parte, la coyuntura mostró que existen enfrentamientos políticos internos y la ciudadanía no conoce sobre los temas que tratan sus representantes en las Asambleas, a pesar de que la normativa reconoce el derecho de los ciudadanos de estar informados sobre los órganos públicos de los diferentes niveles del Estado y de las entidades territoriales autónomas.
En este sentido, los monitores de la OCD, que fueron capacitados por expertos para llevar adelante este trabajo, iniciaron el seguimiento mediante transmisiones en vivo, en redes sociales o mediante algunas páginas web, cambiando algunos instrumentos de monitoreo para acceder a la información.
Transparencia y acceso a la información
La Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, en su Art. 5, numeral 16, establece que los órganos públicos del nivel central del Estado y de las entidades territoriales autónomas deben facilitar a la población en general y a otras entidades del Estado el acceso a toda información pública en forma veraz, oportuna, comprensible y confiable.
El numeral 17 de este mismo artículo se refiere a la participación y al control social señalando que “los órganos del poder público, en todos sus niveles, deben la participación y facilitarán el control social sobre la gestión pública por parte de la sociedad civil organizada, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Estado, la presente Ley y las normas aplicables”.
¿Cómo funcionan las Asambleas Legislativas Departamentales?
Las Asambleas Legislativas cuentan con un reglamento interno y son dirigidas por una Presidenta o un Presidente y su directiva. Para una mejor organización, las y los asambleístas se agrupan en comisiones temáticas, encargadas de tratar y evaluar a profundidad los proyectos legislativos.